La Ley Orgánica de Educación
Superior (LOES) en el Artículo 174.- Funciones del Consejo de
Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Superior, dispone como funciones del CEAACES: Planificar, coordinar y
ejercer las actividades del proceso de evaluación, acreditación,
clasificación académica y aseguramiento de la calidad de la educación
superior; así como aprobar la normativa para dichos procesos.
Además, la ley establece que se debe
priorizar las carreras de interés público, es decir, las que comprometen
el interés de la sociedad, como Medicina, Odontología, Educación,
Derecho, entre otras.

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